Arreglo de controversias socioambientales y mediación universitaria

En cierto lugar de la provincia de Oropeza hay un matadero, que recibe animales de toda la Región, y en él, en determinados instantes del día, operarios del mismo sacan en carretilla los residuos de la matanza: vísceras, intestinos, etc. Allí se formaliza un montón con el estiércol de los corrales, al otro lado del camino en una pendiente, que va a dar a un arroyo. Numerosos perros están al acecho, como cantidad de cerdos, esperando revolcarse a continuación.

Alrededor hay varias comunidades, de campesinos, los dueños de los cerdos, los campos, el río y las ovejas que pastan libremente.

El dueño del matadero se afilió a la comunidad, y parecía tener buenas intenciones, pero cambió de manos y los actuales dueños forman una sociedad, que gestiona el matadero. Son varios, que viajan mucho, comprando y vendiendo ganado, algunos de ellos.

Algunos comunarios empezaron a protestar en las reuniones y los ampliados de la comunidad y el sindicato, comunicándose así con el resto de comunidades afiliadas en las subcentralías y centralías campesinas. Así tomaron la decisión de hablar con el dueño del matadero para solucionar un problema que venía de años.

Así que el joven abogado de la organización campesina, que algo se tenía que pagar el Evo, y que además es el dirigente de una de las comunidades, tiene algo que decir.

1. El primer problema es el respeto a las normas de la comunidad.

El dueño debería haberse afiliado a la comunidad, y como tal, asistir a las reuniones, o por lo menos estar al tanto de las cuestiones que suceden en las mismas.

(Digo yo que porque así la vergüenza que le produciría al dueño, al estar rodeado por treinta comunarios, quizá casi todos afectados, le impediría haber descuidado el problema de los residuos.

2. El segundo problema son los perros y la contaminación.

El dueño debe ingeniárselas para evitar el problema de los perros y la contaminación. Así que debe realizar las operaciones de manejo necesarias y algún tipo de plan de gestión de los residuos aceptable.

3. El tercero es Desarrollo Productivo

El dueño debe adecuarse a las circunstancias que se están decidiendo en la zona acerca del desarrollo productivo. Con los nuevas expectativas del Gobierno estamos preparando unos proyectos de riego y abastecimiento de aguas, y son necesarias hacer algunas obras, y tratar demás cuestiones.

La parte mediadora actúa.

1. La Universidad siempre y ante todo respeta a la comunidad y así es conocida nuestros hechos al respecto, tanto personales como institucionales. Y hemos instado al propietario del matadero a que lo primero que haga sea afiliarse, y asistir en lo que pueda a las reuniones comunales.

2. Mediante un convenio que hemos firmado con la Asociación de Productores, gestora del matadero, la propia Universidad está llevando a cabo una recogida de los residuos más dañosos, para su transformación en humus de lombriz, utilizado en la propia finca de investigación, y para la venta en el mercado.

3. Nos ofrecemos al establecimiento de relaciones entre Agronomía y las comunidades para llevar a cabo un proyecto de capacitación agronómica integral, en el cual los chicos de la Carrera trabajen con uds. en la reforestación del entorno, el aprovechamiento del riego, o en todo aquellos temas que la comunidad tenga interés. De esta manera la comunidad también se beneficiará del matadero, aprovechando los residuos para la fertilización de los campos, que tanta falta les hacen. Reforestando conseguiremos una mejoría de la calidad del aire que respiramos, al mismo tiempo que se retendrá el poco suelo, y el agua, que tiene la comunidad, por culpa de la áridez, las extremas precipitaciones estivales y nuestra irracionalidad en la deforestación. Mejorará el clima y las cosechas serán más estables y diversificadas.

Uno de los dueños del matadero, con mayor interés y voluntad, reconoce lo que debe de hacer: afiliarse a la comunidad y hacer lo que el manifiesto ambiental, necesario para ejercitar la actividad, le requiere, con arreglo a la ley.

Debe cercar el perímetro del matadero, colocar fosas especiales de recogida de líquidos, y construir una plataformas de hormigón para los residuos sólidos y los estiércoles de los corrales. Además debe establecer la rutina entre sus empleados de llevar los residuos a estos lugares y eliminar el problema de los perros que vagabundean por la zona y atacan a los rebaños de los comunarios.

La sociedad gestora además participará activamente plantando árboles alrededor del matadero, como parte del proyecto de reforestación general en la comunidad, porque ahora el dueño del matadero participa en ella y por tanto debe ser acreedor también de sus beneficios. De igual manera permitirá la recogida por los comunarios de los residuos dentro de las instalaciones, como empezaba a hacer con la Universidad. También permitirá la entrada en las instalaciones del responsable de las comunidades de los temas de contaminación, quizá una comisión de honorables, escogida en un ampliado.

Con las leyes ordinarias el abogado podría arruinar a la sociedad gestora, dado el clima económico, judicial y político del país, especialmente gracias al concepto de daños y perjuicios, en la teoría. Pero los comunarios son gente tranquila que no quieren más problemas, conservan ciertas costumbres de resolución de los problemas, más rápidas y ágiles, que el sistema burocrático-jurídico oficial. Si los dueños de la sociedad cumplen con lo que ahora se negocia todos contentos.

En España la cosa se basa poco más que en no poder ejercer ciertas actividades, sin presentar la documentación técnica adecuada, previamente, y tras pasar por un procedimiento administrativo, complejo, según el tamaño de la actividad, que puede incluso desembocar en una Declaración de Impacto Ambiental, realizada por el Órgano Ambiental de la Administración cualificado para ello, Tras varios años de presentación de documentos, audiencia a individuos y colectivos, y supervisión de la parte técnica y jurídica por parte de técnicos y políticos de la Administración. Y si alguien no cumple adecuadamente denuncia al canto, y a entenderse por las faltas administrativas o los delitos ambientales correspondientes, con la Administración o con la Justicia. Allí en teoría también.

En otros sistemas administrativos, el control es más de inspección que no de autorización. Escrito que se va acometer una actividad la empresa comienza la misma, periódicamente se le presentarán inspectores técnicos de la Administración a comprobar que cumple con los requisitos que se plantean para dicha actividad. Es la nueva filosofía de la Directiva de Servicios, esa reforma de tropecientas leyes, venida de la UE, para la liberalización de los servicios en Europa y la disminución de trámites administrativos que pretende mejorar la competitividad de la economía española, la auténtica reforma económica, que como todo viene de afuera.

En Oropeza la cuestión se intenta solucionar empezando por entrecruzar palabras entre dirigentes. Una forma de arreglo, una conciliación, en este caso mediada por un docente de sociología rural y educación ambiental. El problema es cómo se amparan estos acuerdos, qué pasará si una parte incumple. En ciertas instituciones no se confía y en otras sí, hay personas con palabra y otras sin ella.

Parecería una solución civil de los conflictos sujeta a un principio ético de pacta sun servanda.
Si Evo no les pagara abogados y les diera amparo político, otra cosa sería, me imagino (lo jurídico lo tienen ganado desde el principio). Pero de este modo la ley oficial se puede cumplir aunque sea con arreglo a otra ley, la comunal, basada en la conciliación a través de la mediación de dirigentes y honorables, que preserven la paz y el orden interno de la comunidad.

¿Ordenamientos jurídicos alternativos, o incapacidad de las leyes y la justicia ordinaria de hacer frente sus propios objetivos?

Con la Nueva Constitución, la agresión al Medio Ambiente ya no debe tratarse como un problema de Salud Pública, o de alcance local, para que haya una legitimación al más alto nivel. Ahora el derecho al MA sano está constitucionalizado como un derecho fundamental, con todas las garantías especiales de protección jurídica. Además construye un Tribunal Agroambiental, órgano judicial especializado en esta clase de casos, además del recurso de amparo constitucional. Y para rematar se concede la legitimación colectiva, con lo cual, en la práctica, cualquiera puede ser parte en un proceso jurídico de materia agroambiental.

Muy bonito, ¿una normativa más a incumplir? Lo más probable. Los problemas no se arreglan amenazando con el recurso directo a los tribunales, e incluyendo más delitos ambientales. La educación ambiental y los procesos de resolución de conflictos en la comunidad son mucho más eficaces. Siempre y cuando estas normas tengan cierto amparo, que aseguren de algún modo su cumplimiento. Hay que buscar más espacios de compatibilización entre justicia ordinaria y comunitaria.

Más vale un mal acuerdo que no un buen juicio se dice por estos lares.

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Algo de Justicia ordinaria y comunitaria

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